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domingo, 14 de junio de 2020

El Corpus Christi de Jaén en 1664.



Esta semana se celebra el Corpus Christi, una festividad que profunda inspiración religiosa y que hoy, además, supone un fuerte aliciente para el turismo y para la hostelería, dos sectores económicos muy afectados por la Pandemia del COVID 19.

En el Archivo Histórico Provincial de Jaén se conserva una escritura de obligación de 1664, por la que se contrataban unas danzas para la celebración de la festividad del Corpus Christi en la ciudad de Jaén y que encargaba el propio Concejo de la ciudad para dar esplendor a la festividad.

La fiesta del Corpus Christi tiene un origen medieval, basado en la defensa de la Eucaristía. Ya en el siglo XVII, es cuando domina el espíritu de la Contrarreforma, esta fiesta tiene un gran desarrollo, y el documento que presentamos en esta ocasión es ejemplo.

Procesión del Corpus año 2011.

El Corpus suponía la celebración de multitud de actos religiosos, entre los que destacaban la procesión y la octava, y era toda una expresión de la religiosidad popular de la época. Las danzas del Corpus acompañaban la procesión formando un gran espectáculo: había varios tipos de danzas, como las de sarao, de espadas, de palos y las de cascabeles, que son las que se contratan en nuestro documento.

Sin entrar en detalle, diremos que las danzas de cascabeles tenían un origen popular. Los instrumentos acompañantes eran por lo general sonajas, castañuelas y cascabeles, -éstos solían ir cosidos a los trajes por lo que sonaban con el movimiento de los danzantes.

El encargado de realizar las danzas para la fiesta y octava del Corpus Christi de la ciudad de Jaén en 1664 fue Francisco de Quesada, un vecino de Jaén, quien fue contratado por el Concejo de la ciudad de Jaén, que pretendía dar esplendor a las fiestas. Los comisionados para concretar el encargo fueron Diego de Biedma, caballero de la Orden de Santiago y don Eufrasio de Arquellada; ambos Caballeros Veinticuatro del Concejo.


Procesión del Corpus 2013

En el contrato se establecían las condiciones de la danza, que sería de cascabeles, es decir que los danzantes llevarían cascabeles tanto en las manos como cosidos en los vestidos, y con música, y que los danzantes irían vestidos de librea. La librea, según el Diccionario de la Real Academia Española de la Lengua es un vestido uniforme que usaban las cuadrillas de caballeros en los festejos públicos. El grupo estaba formado por nueve bailarines y debían participar tanto en la procesión del Corpus como en la octava posterior.

Un aspecto reseñable es que el grupo debía hacer una prueba del baile ante los caballeros veinticuatro comisionados, lo que suponía una garantía de que la danza se ajustaría a lo acordado.


  

Transcipción actualizada

Obligación de la ciudad de Jaén para la fiesta de el Corpus Christi contra Francisco de Quesada

Sepan cuantos esta escritura de obligación vieren, cómo yo, Francisco de Quesada, vecino de esta ciudad de Jaén, a la colación de San Lorenzo a la calle Parrilla, otorgo y conozco que me obligo de sacar una danza de cascabel con nueve hombres con las libreas e instrumentos que tengo tratado con los Caballeros Veinticuatro comisarios para la fiesta de el Corpus Christi que en esta ciudad de Jaén se ha de hacer jueves doce de junio de este presente año de seiscientos y sesenta y cuatro, y el día de la octava, asistiendo con dicha danza en las procesiones y fiestas, y pasaré muestra el domingo de la Santísima Trinidad, ocho de dicho mes, con dicha danza a satisfacción de la gente y libreas de don Diego de Biedma, caballero de la Orden de Santiago y don Eufrasio de Arquellada, veinticuatros de esta ciudad como tales comisarios, guardando la orden y mandatos que me dieren, pena que no lo cumpliendo, que por dichos comisarios se busque otra persona que se encargue de sacar la dicha danza y cumplir las dichas fiestas, y por lo que más costare de lo que abajo dirá y hubiere recibido e intereses y costas que en ello se causaren, se me pueda ejecutar y ejecute con solo el juramento de cualquier de dichos comisarios, en el cual desde luego lo difiero y por vía ejecutiva se cobre con las costas de la cobranza =



Esto por cuanto por dichos Caballeros comisarios se me pagan por la ocupación y gasto de la gente y libreas veinte ducados y una fanega de pan amasado y una arroba de vino y una oveja, y a cuenta se me anticipan y pagan por dichos Caballeros comisarios cien reales para prevenir la gente y, lo demás restante, habiendo cumplido con dichas fiestas. Y de dichos cien reales me doy por contento y realmente entregado a mi voluntad, y renuncio la excepción de la no numerata pecunia, leyes de la entrega, prueba y paga como en ella se contiene, de los cuales doy carta de pago en forma. Y para lo cumplir y haber por firme, obligo mi persona, y bienes habidos y por haber, doy y otorgo poder cumplido para ejecución y cumplimiento de lo que dicho es a cualesquier justicias y jueces de Su Magestad, que a ello me apremien como por sentencia definitiva de juez competente por mí consentida y pasada en cosa juzgada; y renuncio todas leyes y derechos en mi favor y la general.

En testimonio de lo cual otorgué la presente, que es hecha en la dicha ciudad de Jaén ante mí, el escribano, y testigos infrascritos, en siete días del mes de mayo de mil y seiscientos y sesenta y cuatro años, siendo testigos Cristóbal de Vilches y Marcos de Ulloa y Quesada y Manuel González, vecinos en Jaén. Y porque el otorgante, a quien yo, el escribano, doy fe conozco, dijo no saber escribir, lo firmó a su ruego un testigo en el Registro pueda ejecutar.

Testigo, Marcos de Ulloa y Quesada
Ante mí, Juan Ramos de Ulloa, escribano público
Sin derechos

Luis Quesada Roldán
Archivo Histórico Provincial de Jaén


Aprovechamos la ocasión para recordar a la ciudadanía la reapertura del Archivo Histórico Provincial de Jaén, que ya está en "activo" desde el pasado 10 de junio en que volvió a abrir sus puertas para la consulta en sala de la documentación en él conservada.

Se ha establecido un sistema de cita previa para dicha consulta en sala, cuyo aforo está reducido, temporalmente, a cinco personas usuarias.

Debe solicitar dicho acceso enviando un correo electrónico a la siguiente dirección - informacion.ahp.ja.ccul@juntadeandalucia.es -, o a través del formulario de solicitud de consulta.

Se deben aportar en la solicitud de cita previa los datos siguientes:

1. Nombre y apellidos, D.N.I., correo electrónico, número
de teléfono.
2. Día y hora de consulta.
3. Si tuviera conocimiento de ello, las signaturas que desea
consultar. Temporalmente, también se ha limitado el
número de consultas a diez unidades de instalación
diarias.

Texto y fotografías: Archivo Histórico Provincial de Jaén.
Vídeos: Modesto Martínez.

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